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Comité Ejecutivo

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Para obtener información sobre los servicios de traducción y/o las adaptaciones que pueda necesitar, envíe un correo electrónico a boardsupport@nlacrc.org.”  Las solicitudes deben hacerse al menos siete días hábiles antes de la reunión.

Finanzas ejecutivas ORDEN DEL DÍA26 de junio de 2025

PAQUETE DE REUNIÓN  – 26 de junio de 2025

Detalles de la reunión

Si está interesado en participar en una reunión y le gustaría asistir, utilice la información de Zoom a continuación:

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https://us06web.zoom.us/j/83476480256?pwd=BtvpmibD2KjLYiJwbIiC32UvUrT9nR.1

ID de la reunión: 834 7648 0256

Código de acceso: 663916

Envíe un correo electrónico a boardsupport@nlacrc.org para solicitar servicios de traducción y/o adaptaciones adicionales que pueda necesitar. Las solicitudes deben realizarse cinco (5) días hábiles antes de la reunión.

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Estatutos

Artículo VII, Sección 4 de los Estatutos del Centro Regional del Condado de North Los Angeles. El Comité Ejecutivo de Finanzas estará integrado por los funcionarios de la Junta debidamente elegidos y el expresidente más inmediato que aún forme parte de la Junta de Fideicomisarios. La Junta tendrá la facultad de nombrar hasta tres (3) Fideicomisarios adicionales al Comité Ejecutivo de Finanzas. El Presidente presidirá el Comité. Cada funcionario tendrá un (1) voto, incluso si ocupa varios cargos en la Junta (por ejemplo, si el Presidente es también el Delegado de ARCA, entonces solo tendrá un (1) voto, incluso si ocupa dos (2) cargos simultáneamente).  

La autoridad y las funciones se describen a continuación: el propósito principal del Comité Ejecutivo de Finanzas será responder a asuntos de naturaleza urgente, que requieran acción o compromiso inmediato antes de la próxima reunión programada de la Junta. En tales asuntos, el Comité Ejecutivo de Finanzas tendrá el poder y la autoridad plenos de la Junta, excepto que el Comité Ejecutivo de Finanzas no tendrá autoridad para hacer lo siguiente: adoptar, enmendar o derogar los Estatutos o estos Reglamentos, cubrir vacantes en la Junta o cualquier comité que tenga la autoridad de la Junta; nombrar comités de la Junta o de los Miembros; nombrar o destituir al Director Ejecutivo; destituir a un Fideicomisario; enmendar o derogar cualquier resolución de la junta que por sus términos expresos no sea enmendable o derogable; gastar fondos corporativos para apoyar a un nominado para Fideicomisario cuando haya más personas nominadas para Fideicomisario de las que se pueden elegir; aprobar cualquier transacción de autocontratación.  

El Comité Ejecutivo de Finanzas tendrá la obligación adicional de garantizar la elaboración de un plan estratégico que abarque lo siguiente: el desarrollo e implementación del contrato anual de desempeño del Centro Regional, los objetivos que contiene y las recomendaciones a la Junta Directiva sobre la adopción y modificación de las metas y objetivos del contrato; la identificación de deficiencias en el sistema de prestación de servicios, incluidas las agencias genéricas, y la recomendación de alternativas para subsanar estas deficiencias, como la promoción de sistemas, la legislación o la coordinación interinstitucional. Asimismo, asesorará a la Junta Directiva sobre la elaboración de un plan de desarrollo de recursos a largo plazo y participará en la planificación estratégica de los tipos de servicios necesarios.  

El Comité Ejecutivo de Finanzas revisará y supervisará las obligaciones contractuales de la Corporación; revisará y supervisará el presupuesto de la Corporación y los gastos e impuestos de sus fondos; informará sobre los gastos a la Junta Directiva; recomendará políticas en materia de personal con respecto a la contratación, salarios, retención y asuntos relacionados; y recomendará políticas que afecten otras áreas de los servicios administrativos. Además, como se menciona anteriormente en el Artículo IV, Sección 2(d), y en ausencia de un Comité de Auditoría, el Comité Ejecutivo de Finanzas será responsable de:  

  • Revisar las habilidades y el desempeño de la firma de auditoría independiente de la Corporación y recomendar a la Junta Directiva la continuidad o la rescisión del contrato del auditor independiente de la Corporación. 
  • Negociar la remuneración del auditor independiente en nombre del Consejo de Administración. 
  • Consultar con el auditor para convencer al Comité de Auditoría de que los asuntos financieros de la Corporación están en orden. 
  • Revisar el informe de auditoría anual y la carta de gestión adjunta preparados por la firma de contabilidad independiente y determinar si se acepta la auditoría preparada por el auditor independiente y se recomienda a la Junta Directiva para su aprobación o modificación.  

En caso de que la Corporación no tenga un Comité de Auditoría independiente, el Comité Ejecutivo de Finanzas actuará como Comité de Auditoría a los efectos de la Sección 12586 del Código Gubernamental o cualquier estatuto sucesor, si el Centro Regional está obligado a cumplir con dicho estatuto. 

El Comité Ejecutivo de Finanzas tendrá la facultad y autoridad para desempeñar las demás funciones que la Junta Directiva determine o delegue, salvo que la Junta no podrá delegar su autoridad para realizar ninguna de las acciones previstas en el Artículo IV, Sección 1 de estos Estatutos. Todos los asuntos gestionados por el Comité Ejecutivo de Finanzas en nombre de la Junta Directiva deberán ser informados en la siguiente reunión de la Junta. El Comité Ejecutivo de Finanzas también tendrá la facultad y autoridad para supervisar la evaluación del desempeño y negociar contratos con el Director Ejecutivo del Centro Regional.  

Conducta empresarial

Las reuniones del Comité Ejecutivo de Finanzas se celebrarán a convocatoria del Presidente o de dos (2) miembros de dicho Comité, siempre que la Junta Directiva no esté reunida. La notificación de las reuniones del Comité Ejecutivo de Finanzas se realizará de la misma manera que la de las Reuniones Extraordinarias de la Junta Directiva, según lo estipulado en el Artículo IV, Sección 10. El quórum se constituirá con la mayoría de los miembros del Comité Ejecutivo de Finanzas. Se invita a los miembros de la Junta Directiva a expresar sus opiniones al Comité Ejecutivo de Finanzas y a asistir a sus reuniones.  

Proceso

El Comité Ejecutivo se reúne dos semanas antes de cada reunión del Consejo de Administración.

El presidente del Patronato preside el Comité Ejecutivo. En ausencia del presidente, lo preside el primer vicepresidente.

Contenido

El Comité Ejecutivo tiene la responsabilidad de:

  • Revisar y discutir asuntos no remitidos a otros comités de la junta.
  • Preparar el orden del día de las reuniones del Patronato.
  • Designar un Comité de Negociación para negociar con el director ejecutivo. El Comité de Negociación estará integrado por 3 miembros del Comité Ejecutivo que incluyen al presidente de la junta, primer vicepresidente y/o ex presidente inmediato u otro miembro del Comité Ejecutivo.
  • Supervisar la evaluación del director ejecutivo y negociar su contrato.
  • Recibir información y recomendaciones de los comités permanentes y ad hoc.
  • Adoptar medidas según sea necesario, ya sea directamente o haciendo recomendaciones a la junta en pleno.