Elegibilidad
Elegibilidad
Información de elegibilidad
El Centro Regional del Norte del Condado de Los Ángeles (NLACRC) es una de las 21 organizaciones privadas sin fines de lucro que tienen un contrato con el Departamento de Servicios de Desarrollo de California (DDS) para coordinar y brindar servicios comunitarios a personas con discapacidades del desarrollo (consumidores), así como también brindar servicios de inicio temprano para bebés y niños pequeños con ciertos retrasos y condiciones de riesgo establecidas. El NLACRC brinda servicios a personas que viven en los valles de San Fernando, Santa Clarita y Antelope.
Dependiendo de la edad de la persona que solicita, complete la solicitud del Programa de Inicio Temprano (0 a 3 años) o la solicitud de Servicios de la Ley Lanterman (mayores de 3 años y adultos) para comenzar el proceso de admisión.
Programa de inicio temprano (desde el nacimiento hasta los 3 años)
'Una introducción familiar al programa Early Start en California' Folleto
Servicios comunes
La elegibilidad para Early Start se basa en que el bebé o niño pequeño tenga una o más de las siguientes condiciones:
- Un retraso del 25% en una o más áreas del desarrollo (cognitivo, físico, lenguaje expresivo, lenguaje receptivo, social o emocional, adaptativo) antes de los 36 meses.
- Alto riesgo de discapacidad del desarrollo debido a una combinación de dos o más factores de riesgo.
- Una condición de riesgo establecido. Se trata de una condición médica diagnosticada que tiene una alta probabilidad de resultar en un retraso del desarrollo y/o una discapacidad.
Si el niño cumple 3 años dentro de los 45 días, complete la solicitud de Servicios de la Ley Lanterman para niños de 3 años o más. Para determinar la elegibilidad de su hijo, NLACRC realizará una evaluación para determinar el nivel de desarrollo de su hijo. Además, se requiere una revisión de los antecedentes médicos/registros disponibles de su hijo. La determinación de la elegibilidad para Early Start puede demorar hasta 45 días.
Los niños desde el nacimiento hasta los cinco (5) años de edad pueden ser elegibles para recibir servicios del centro regional según la Ley Lanterman provisionalmente.
El niño lo hace no Para ser elegible, es necesario determinar que el niño tiene una discapacidad del desarrollo desde su nacimiento o desde los cinco (5) años de edad. Sin embargo, el niño debe:
- Tener una discapacidad que no sea únicamente de naturaleza física, y
- Debe tener limitaciones funcionales significativas en al menos dos de las siguientes áreas:
- Cuidados personales
- Lenguaje receptivo y expresivo
- Aprendiendo
- Movilidad
- Autodirección
Antes de los cinco (5) años, se debe volver a evaluar al niño para ver si tiene una discapacidad del desarrollo que es necesario para ser elegible para recibir los servicios continuos del centro regional.
Para solicitar o volver a solicitar servicios, presente su solicitud a continuación o llame al (818) 778-1900.
Si actualmente recibe servicios de Inicio Temprano, consulte a su Coordinador de Servicios para obtener más información.
Servicios de la Ley Lanterman (desde los 3 años en adelante hasta adultos)
Guía del sistema de centros regionales de California – Inglés
Guía del sistema de centros regionales de California – Español
Guía del sistema de centros regionales de California – Armenio
Guía del sistema de centros regionales de California – Farsi
Guía del sistema de centros regionales de California – Tagalo
Para ser elegible para los Servicios del Centro Regional, una persona debe tener una discapacidad del desarrollo según la ley y la regulación de California.
Una discapacidad del desarrollo es una condición atribuible a:
- Discapacidad intelectual
- Epilepsia
- Parálisis cerebral
- Autismo
- Condiciones discapacitantes que se encuentran estrechamente relacionadas con la discapacidad intelectual o que requieren un tratamiento similar a ella.
Además, la discapacidad debe: haber surgido antes de los 18 años, continuar o se espera que continúe indefinidamente y constituir una discapacidad sustancial para la persona. Una discapacidad sustancial significa una limitación funcional significativa en tres o más de las siguientes áreas de actividad de la vida: cuidado personal, lenguaje receptivo y expresivo, aprendizaje, movilidad, autodirección, capacidad de vida independiente y autosuficiencia económica. Una discapacidad del desarrollo no incluye otras condiciones discapacitantes que sean únicamente de naturaleza física, únicamente de naturaleza psiquiátrica y únicamente de discapacidades de aprendizaje.
Para determinar la elegibilidad del solicitante, NLACRC realizará una evaluación de admisión que puede incluir la recopilación de información de diagnóstico histórica, como registros médicos, registros escolares, pruebas psicológicas previas, así como la provisión de evaluaciones de diagnóstico si se indica. La información del solicitante es confidencial y solo se divulgará con su consentimiento por escrito. Tenga en cuenta que el proceso de evaluación no puede comenzar antes de recibir su consentimiento por escrito. La determinación de elegibilidad puede demorar hasta 120 días.
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de los centros regionales de California.Fue diseñado para cualquier persona interesada en obtener más información sobre los servicios del centro regional.
Encuesta posterior a la admisión de DDS