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Directivas DDS para proveedores de servicios

Directivas DDS para proveedores de servicios

El Departamento de Servicios para el Desarrollo (DDS) distribuye con frecuencia directivas a los centros regionales, brindando orientación e instrucciones sobre diversas cuestiones normativas. NLACRC le mantendrá informado sobre todas las directivas que puedan afectar a nuestra comunidad de proveedores de servicios a través de esta página.

Haga clic en los botones a continuación para ver todas las directivas de DDS y el calendario de eventos.


FLEXIBILIDADES OPERATIVAS Y DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

La Sección 4639.6 del Código de Bienestar e Instituciones (WIC) autoriza al Director del Departamento de Servicios para el Desarrollo (Departamento) a emitir directivas a los centros regionales según lo considere necesario para proteger los derechos, la salud, la seguridad o el bienestar de las personas. Los centros regionales deben cumplir con cualquier directiva emitida por el Director de conformidad con esta sección.

Esta directiva sigue a la del Departamento de junio de 2025. Mensaje a la comunidad, y proporciona orientación a los centros regionales para que continúen prestando servicios y protección a las personas y familias afectadas por el temor a la separación familiar, incluyendo directrices y flexibilidad para que los centros regionales y los proveedores de servicios apoyen a las personas cuando las circunstancias puedan llevarlas a necesitar o elegir permanecer en casa. La Ley Lanterman establece el derecho a los servicios para personas con discapacidades del desarrollo para TODOS los residentes elegibles del Estado que tengan discapacidades intelectuales o del desarrollo.

Lea la directiva completa a continuación:


Directiva DDS: Acceso a la información del cliente

El 14 de mayo de 2025, el Departamento de Servicios para el Desarrollo emitió un directiva Reforzar las protecciones a la privacidad y los derechos de las personas que reciben servicios y sus familias cuando terceros no autorizados solicitan acceso a los registros o la información de los clientes.

En NLACRC, nos tomamos muy en serio la privacidad de las personas que reciben servicios de nuestro centro regional y nos comprometemos a protegerla. Los centros regionales y los proveedores de servicios están legalmente obligados, de conformidad con las leyes federales y estatales de privacidad, a proteger la información de todas las personas que reciben servicios.

Esto significa que, con algunas excepciones, la ley nos prohíbe revelar cualquier información sobre las personas a las que apoyamos y sus familias a cualquier persona que llame para preguntar por ellas.

La divulgación de información y registros confidenciales por parte del centro regional requiere el consentimiento por escrito de la persona atendida o de alguien con autoridad legal para otorgar dicho consentimiento en nombre de la persona atendida.

Los centros regionales y los proveedores de servicios deben cumplir esta directiva en todo momento, tanto en instalaciones privadas como en lugares públicos, incluso al prestar servicios a particulares. Asimismo, deben informar a sus empleados sobre los requisitos y procedimientos legales descritos en esta directiva.

Existen diversos recursos disponibles para obtener más información sobre los derechos de privacidad y las leyes, y para ayudar a responder preguntas.