Oficina del Defensor del Pueblo

El Departamento de Servicios de Desarrollo (Departamento) recibió fondos a través de la Ley de Presupuesto de 2022 para establecer una Oficina del Defensor del Pueblo para ayudar a las personas y/o sus familias que solicitan o reciben servicios del centro regional en relación con la Ley Lanterman de Servicios para Discapacidades del Desarrollo. A partir del 1 de diciembre de 2022, esta nueva Oficina estará disponible para brindar información, facilitar la resolución de desacuerdos y quejas, hacer recomendaciones al Departamento y recopilar y reportar datos. 

Responsabilidades

El Defensor del Pueblo ayuda a los clientes del centro regional y a sus familias a acceder a los servicios del centro regional disponibles bajo la Ley Lanterman. 

Esta Oficina puede: 

  1. Proporciona información a los clientes del centro regional y sus familias, 
  1. Facilita la resolución de desacuerdos y quejas, 
  1. Hace recomendaciones y 
  1. Recopila y reporta datos. 

La Defensoría del Pueblo no puede: 

  1. Decidir las disputas a favor de una u otra parte, 
  1. Representar a alguien en el proceso de apelación, 
  1. Hacer una recomendación a un tribunal o funcionario de audiencias, o 
  1. Revocar una decisión de audiencia final 

Formulario de admisión 
 

Sitio web: https://www.dds.ca.gov/initiatives/office-of-the-ombudsperson/ 

Correo electrónico: Defensor del Pueblo@dds.ca.gov 

Teléfono: 877-658-9731