Política de denuncia de irregularidades

POLÍTICA DE DENUNCIANTES DEL CENTRO REGIONAL PARA PROVEEDORES, CONTRATISTAS Y OTROS

Esta política se adopta para cumplir con las pautas sobre el proceso de presentación de quejas de denunciantes y la información de contacto del Centro Regional o Proveedor/Contratista del Departamento de Servicios de Desarrollo (DDS). En consecuencia, NLACRC ha adoptado esta política para las quejas de proveedores, contratistas y otros.


1. Definición de denuncias de irregularidades de centros regionales, proveedores, contratistas y otros

Esta política confirma que tanto el NLACRC como el DDS permiten e investigarán las quejas presentadas no solo por empleados y administradores de centros regionales, sino también por proveedores, contratistas, consumidores, familias y otros. Las quejas de denunciantes, a los efectos de esta política, se definen como la denuncia de una “actividad indebida del centro regional o de un proveedor/contratista”.

2. Procesos de quejas del DDS disponibles para su uso

El DDS tiene una variedad de procesos de apelación de quejas disponibles para proveedores/contratistas, agencias, instalaciones, padres y consumidores. Estos incluyen quejas sobre derechos del consumidor; quejas sobre inicio temprano, solicitudes de debido proceso y solicitudes de conferencia de mediación; solicitudes de audiencias justas de la Ley Lanterman; quejas del Título 17; quejas y comentarios de los ciudadanos 9 (consulte https://www.dds.ca.gov/general/appeals-complaints-comments Cada uno de estos procesos de quejas y apelaciones tiene procedimientos separados y distintos para su resolución. Esta política se relaciona únicamente con las quejas de denunciantes de centros regionales o proveedores/contratistas, como se describe anteriormente.

3. Confidencialidad

Tanto el NLACRC como el DDS harán todo lo posible por mantener la confidencialidad de la denuncia de irregularidades que presente el denunciante. Sin embargo, en las raras circunstancias en las que el DDS no pueda mantener la confidencialidad debido a sus responsabilidades legales (incluidas las de garantizar la salud y la seguridad de los consumidores y el cumplimiento del contrato del centro regional), el Departamento intentará informar al denunciante de su necesidad de divulgar información antes de divulgar información que lo identifique. Además, la identidad del denunciante puede revelarse a las agencias policiales correspondientes que realicen una investigación penal.

4. Acerca de la presentación de una queja

NLACRC y DDS requieren una declaración clara y concisa de la actividad indebida y cualquier evidencia que tenga para respaldar la acusación.

Si no proporciona un nombre u otra información (testigos o documentos) que identifique claramente a la persona que usted alega que ha actuado de manera indebida, y el centro regional o el proveedor/contratista donde trabaja esa persona, es posible que no tengamos suficiente información para investigar. Se deben presentar copias de los documentos, en lugar de los originales, ya que no se pueden devolver.

Aunque las denuncias se pueden presentar de forma anónima, es extremadamente difícil y a menudo imposible investigar si no se proporciona suficiente información y no tenemos medios para comunicarnos con usted para recopilar datos básicos. En tales casos, es posible que NLACRC o DDS no puedan investigar las denuncias de manera eficaz.

5. Cómo presentar una denuncia

5.1 Departamento de Servicios de Desarrollo (DDS)

Se puede presentar una queja ante el DDS comunicándose con:

División de Servicios Comunitarios
Phone: (916) 651-6309
Teléfono: (916) 654-3641
Calle O 1215, MS 8-20
Sacramento, CA 95814

5.2 Centro regional del norte del condado de Los Ángeles

Se puede presentar una queja ante el NLACRC presentándola ante el Director de Recursos Humanos, el Director Ejecutivo o el Presidente del Consejo Directivo. La información de contacto es la siguiente:

Director de Recursos Humanos
Phone: (818) 756-6125
Teléfono: (818) 756-6440
Email: whistleblower@nlacrc.org
Avenida Oakdale 9200, Suite 100
Chatsworth, CA 91311

Director ejecutivo
Phone: (818) 756-6360
Teléfono: (818) 756-6140
Avenida Oakdale 9200, Suite 100
Chatsworth, CA 91311

Presidente del Consejo de Administración
Phone: (818) 756-6118
Teléfono: (818) 756-6140
Email: boardsupport@nlacrc.org
Avenida Oakdale 9200, Suite 100
Chatsworth, CA 91311

6. Políticas para la presentación de quejas ante el NLACRC

6.1 Para esta política, el Oficial de Cumplimiento del NLACRC es el Director de Recursos Humanos. El Director Ejecutivo actuará como Oficial de Cumplimiento en caso de que la presunta o sospechada actividad indebida involucre al Director de Recursos Humanos. Además, como opción independiente, se puede presentar una queja directamente al Presidente de la Junta Directiva.

6.2 El centro alienta a los proveedores/contratistas, agencias, instalaciones, padres y consumidores, así como a los empleados y fideicomisarios del NLACRC a notificar al Oficial de Cumplimiento de buena fe1 cuando tengan motivos para creer que ha ocurrido cualquier “actividad indebida del proveedor/contratista” o “actividad indebida del centro regional”, según se definen esos términos en la parte 1 de esta política.

6.3 Ningún vendedor, contratista, agencia, establecimiento, padre o consumidor, ni ningún empleado o administrador que de buena fe informe una queja en virtud de este documento sobre una actividad indebida sufrirá acoso, represalias o consecuencias laborales adversas. En resumen, no se tomará ninguna medida adversa contra la persona que presente una queja simplemente porque se haya presentado una queja. Esta Política de denuncia de irregularidades tiene como objetivo alentar y permitir que los vendedores, contratistas, agencias, establecimientos, padres o consumidores, así como los empleados y administradores, planteen inquietudes serias ante el NLACRC, para permitir que el NLACRC aborde las inquietudes antes de buscar una resolución fuera del centro.

6.4 El Oficial de Cumplimiento o el Presidente del Consejo Directivo notificará al remitente y acusará recibo de la denuncia dentro de los cinco (5) días hábiles. Todos los informes serán investigados de inmediato y el NLACRC tomará las medidas correctivas adecuadas si la investigación lo justifica. El Oficial de Cumplimiento responsable de investigar y resolver todas las denuncias de denunciantes notificadas informará al Director Ejecutivo y al Comité Ejecutivo del Consejo Directivo sobre cada denuncia que se presente y el progreso continuo de la investigación. El Oficial de Cumplimiento debe informar al Comité Ejecutivo al menos una vez al año sobre la actividad de cumplimiento.

7. Esta política es coherente con la Directiva estatal titulada “Proceso de denuncia de irregularidades del Departamento de Servicios de Desarrollo”, de fecha 28 de julio de 2010.

Para cumplir con la Directiva DDS del 28 de julio de 2010, esta política:

7.1 Permitir que varios empleados dentro del centro regional estén disponibles para recibir quejas. Más específicamente, el Oficial de Cumplimiento es el Director de Recursos Humanos, excepto que si la queja involucra al Director de Recursos Humanos, el Oficial de Cumplimiento es el Director Ejecutivo. Además, las quejas pueden presentarse directamente al Presidente de la Junta Directiva o al DDS.

7.2 Como se señala en la parte 7.1 anterior, permitir el acceso directo al Presidente del Consejo de Administración con el fin de presentar quejas.

7.3 Proteger a cualquier persona que presente una denuncia contra represalias. Más específicamente, el centro regional no tomará represalias contra ningún denunciante.

7.4 Siga el procedimiento del centro regional establecido en la parte 6 anterior para investigar y tomar las medidas adecuadas ante las quejas, incluidas las quejas por represalias.

7.5 7.6 Garantizar la confidencialidad de la denuncia según lo dispuesto en la Sección 3 de esta Política, de conformidad con la Política de denuncia de irregularidades del Estado, incluida la salud y seguridad del consumidor. 7.6 Disponer la notificación a los empleados, miembros de la junta, consumidores/familias y comunidad de proveedores de la existencia de la política de denuncia de irregularidades del centro regional y del estado dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de entrada en vigencia de la política del centro regional y anualmente a partir de entonces. Además, el NLACRC se asegurará de que esta Política de denuncia de irregularidades se publique en el sitio web del centro regional dentro de los treinta (30) días posteriores a su adopción.