Preguntas frecuentes

¿Qué es el Centro Regional del Norte del Condado de Los Ángeles?

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NLACRC es una corporación privada sin fines de lucro y uno de los 21 centros regionales de California financiados por el Departamento de Servicios de Desarrollo de California (DDS). NLACRC ha apoyado a personas con discapacidades del desarrollo en los valles de San Fernando, Santa Clarita y Antelope durante más de 45 años. Actualmente, brindamos servicios a más de 28 000 personas y sus familias. Cada centro regional está gobernado por una Junta Directiva que incluye a personas con discapacidades del desarrollo, sus familiares, proveedores de servicios y otras personas interesadas.

¿Qué puede hacer el centro regional por mí?

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El centro regional ayuda a planificar, obtener, coordinar y supervisar los servicios y apoyos necesarios debido a una discapacidad del desarrollo.

¿Qué tipos de servicios ofrece NLACRC?

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Los centros regionales brindan o coordinan los siguientes servicios y apoyos relacionados con la discapacidad del desarrollo de una persona:

  • Información y referencia
  • Evaluación y diagnóstico
  • Planificación individualizada y coordinación de servicios
  • Compra de servicios incluidos en el Plan Programa Individual
  • Asistencia para encontrar y utilizar recursos comunitarios y de otro tipo
  • Abogacía
  • Servicios de intervención temprana para bebés en riesgo y sus familias
  • Apoyo familiar
  • Planificación, colocación y seguimiento de la atención fuera del hogar las 24 horas
  • Oportunidades de formación y educación para personas y familias.
  • Educación comunitaria sobre discapacidades del desarrollo

¿Cuánto cuestan los servicios del centro regional?

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No hay ningún costo por el diagnóstico y la evaluación de elegibilidad. Una vez que se determina la elegibilidad, la mayoría de los servicios son gratuitos independientemente de la edad o los ingresos. Existe un requisito para que los padres compartan el costo de las colocaciones fuera del hogar las 24 horas para niños menores de 18 años, lo que depende de la capacidad de pago de los padres.

El Programa de Participación Familiar en los Costos (FCPP, por sus siglas en inglés) entró en vigencia el 1 de enero de 2005 y exige que algunas familias compartan el costo de los servicios de relevo, guardería y campamento. La Tarifa Anual del Programa Familiar (AFPF, por sus siglas en inglés) es un programa que entró en vigencia el 1 de julio de 2011 como parte del Proyecto de Ley de Remolques AB 104. La AFPF evalúa a las familias con niños de entre 0 y 17 años que reciben ciertos servicios a través de un centro regional para determinar si deben pagar una Tarifa Anual del Programa Familiar de hasta $200 por familia.

Los centros regionales están obligados por ley a proporcionar servicios de la manera más rentable posible. Deben utilizar todos los demás recursos, incluidos los recursos genéricos, antes de utilizar los fondos del centro regional. Un recurso genérico es un servicio proporcionado por una agencia que tiene la responsabilidad legal de proporcionar servicios al público en general y recibe fondos públicos para proporcionar esos servicios.

Algunas agencias genéricas a las que se le puede derivar son el distrito escolar local, el departamento de servicios sociales del condado, Medi-Cal, la administración del Seguro Social, el Departamento de Rehabilitación y otras. Otros recursos pueden incluir apoyos naturales. Esta es la ayuda que puede recibir de familiares, amigos u otras personas.

¿Cómo sé qué tipos de servicios recibiré?

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Los centros regionales utilizan un proceso de planificación para desarrollar un Plan de Programa Individualizado (IPP). Para los niños de 0 a 36 meses, este proceso da como resultado un Plan de Servicio Familiar Individualizado (IFSP). El plan lo desarrollan usted, los padres de un niño menor, un tutor o curador (si lo hubiera), cualquier otra persona que invite a estar con usted y el personal del centro regional.

El IPP (o IFSP) enumera sus objetivos y los servicios necesarios para alcanzarlos. Describe quién proporcionará el servicio y quién lo pagará. Todos los servicios enumerados en el IPP o IFSP serán proporcionados por un recurso genérico o natural, un proveedor de servicios del centro regional (una empresa aprobada por el centro regional) o directamente por el centro regional.

¿Cómo puedo solicitar recibir servicios del centro regional?

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Para solicitar ver si califica para recibir servicios del centro regional, lea la información en nuestra página de Elegibilidad y complete un formulario. solicitud de elegibilidad de admisión.

¿Qué son los centros estatales de desarrollo?

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El Departamento de Servicios de Desarrollo actualmente opera cuatro centros de desarrollo estatales (DCs, por sus siglas en inglés) que cuentan con licencia y certificación como Centros de Enfermería Especializada (SNF, por sus siglas en inglés), Centros de Cuidados Intermedios/Retardo Mental (ICF/MR, por sus siglas en inglés) y hospitales de Cuidados Agudos Generales (GAC, por sus siglas en inglés). La misión principal de los centros DC/CF es brindar servicios de rehabilitación y tratamiento las 24 horas para residentes con discapacidades del desarrollo diseñados para aumentar los niveles de independencia, las habilidades funcionales y las oportunidades para tomar decisiones que afectan la vida de una persona, incluida la identificación de servicios y apoyos y opciones para la transición a la comunidad local.

¿Qué es la Ley Lanterman?

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La Ley Lanterman de Servicios para Discapacidades del Desarrollo de 1969 es una ley de California que se aprobó en 1969. Dice que las personas con discapacidades del desarrollo y sus familias tienen derecho a recibir los servicios y apoyos que necesitan para vivir como personas que no tienen discapacidades.

La Ley Lanterman también le informa cuáles son sus derechos, cómo los centros regionales y los proveedores de servicios pueden ayudarlo, los tipos de servicios y apoyos que están disponibles, cómo utilizar el Plan de Programa Individualizado (IPP) para obtener los servicios que necesita, qué hacer cuando le dicen que no puede obtener los servicios que necesita y cómo mejorar el sistema. Ver la Ley Lanterman.

Sitio web del Departamento de Servicios de Desarrollo de California

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Puede obtener más información sobre muchos de estos temas visitando el sitio web del Departamento de Servicios de Desarrollo (DDS) en www.dds.ca.gov.